Gozamos de experiencia en todo tipo de procedimientos por delitos contra la Hacienda Pública (fraude fiscal, blanqueo de dinero e incautaciones administrativas de dinero en metálico), Administración Pública (cohecho, malversación y prevaricación) y societarios (administración desleal y otros) así como estafas y apropiaciones indebidas.
Dichos procedimientos de carácter mixto suponen tanto conocimientos de Derecho penal como de otras materias como Derecho tributario, administrativo o contabilidad financiera.
Unimos todos estos conocimientos con el fin de establecer las mejores estrategias para nuestros clientes y garantizar el éxito de su defensa.
Asumimos la defensa en procedimientos penales de carácter internacional, como pueden ser las Órdenes Europeas de Detención y Entrega, las extradiciones, los traslados de presos o las solicitudes de asilo y refugio.
- Órdenes Europeas de Detención y Entrega: Se conoce también como “Euroorden”. La Orden de Detención Europea se aplica entre los Estados Miembros de la Unión Europea. Se trata de una decisión judicial, por la cual un Estado Miembro de la UE solicita a otro Estado Miembro la detención y entrega de una persona con el fin de que sea juzgada por un delito que conlleve una pena de al menos un año, o bien para cumplir una pena, siempre que sea una pena de prisión superior a 4 meses.
- Procedimientos de extradición: La extradición es el acto por el cual un Estado entrega a otro Estado a una persona para que sea juzgada, o bien para que cumpla una pena que se le ha impuesto. Como la Euroorden solo se puede utilizar cuando los dos Estados intervinientes son miembros de la Unión Europea, en el resto de supuestos el cauce a seguir es el de la extradición, un procedimiento algo más complejo. Nuestro Despacho goza de una dilatada experiencia en procedimientos de extradición.
- Traslados de presos: Así mismo, utilizamos la normativa penal y penitenciaria internacional en beneficio de nuestros clientes: trabajamos para trasladar presos que lo deseen a sus países de origen para el cumplimiento de la condena y aplicación de beneficios penitenciarios. Para ello, es necesario que el preso cumpla determinados requisitos, y que no concurra ninguna de las causas de denegación previstas en la Ley.
- Promovemos expedientes de asilo y refugio. El derecho de asilo está regulado tanto por normas nacionales como internacionales. El derecho de asilo es la protección que se puede otorgar a una persona que no es nacional de ningún país de la Unión Europea, cuando se le otorga la condición de refugiado.
Esta condición se reconoce a aquellas personas que se encuentran fuera del país de su nacionalidad y no pueden acogerse a la protección del mismo, debido a que tienen fundados temores de ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, orientación sexual, opiniones políticas, o por la pertenencia a un grupo social determinado.
Estos temores se pueden concretar, por ejemplo, en que la persona haya sido condenada a pena de muerte en su país, o que haya sufrido torturas, o graves amenazas contra su vida o integridad. El principal efecto de la concesión de la condición de refugiado, es que se garantiza a la persona que no se la devolverá ni expulsará al país de su nacionalidad.
Desde que se lleva a cabo la solicitud, la legislación española reconoce a esa persona determinados derechos, entre otros: ser documentado como solicitante de protección internacional, derecho a conocer el estado de su expediente de solicitud, derecho a asistencia sanitaria y a recibir determinadas prestaciones sociales, así como asistencia jurídica gratuita.
En Chabaneix Abogados Penalistas tenemos una amplia experiencia en procedimientos penales de carácter internacional. Hemos intervenido en este tipo de procesos en relación a múltiples Estados, por ejemplo:
Estados Unidos, Suiza, Colombia, Ecuador, Bolivia, Marruecos, Etiopía, Argelia, Mauritania, Rusia, Ukrania, Rumanía.