¿QUÉ ES EL BLANQUEO DE CAPITALES?
El blanqueo de capitales o bienes es el proceso o conjunto de operaciones mediante los cuales se integran en el sistema económico bienes o dinero derivados de una actividad delictiva, ocultando dicha procedencia ilícita.
La conducta típica consiste en adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes (sabiendo que los mismos tienen un origen ilícito) o realizar cualquier otro acto para ocultar o encubrir dicho origen, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción a eludir las consecuencias legales.
En Chabaneix Abogados somos especialistas en delitos de blanqueo de capitales, y contamos con profesionales con grandes conocimientos en aspectos técnicos que permiten ofrecer un asesoramiento óptimo.
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Abogados expertos en delitos de lavado de Dinero
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Se trata de un delito que sanciona la conducta de “borrar las huellas” de la procedencia ilícita de un dinero o un bien, por ejemplo porque se ha obtenido mediante la comisión de un delito grave (como el tráfico de drogas, de armas, o el terrorismo).
Un ejemplo del delito de blanqueo de capitales: Fernando trafica con cocaína, y con el dinero que obtiene de la venta al distribuidor, se compra un apartamento en la playa.
¿CÓMO ESTÁ TIPIFICADO EL DELITO DE BLANQUEO?
El delito de blanqueo de capitales está regulado en el Código Penal, en su artículo 298 y siguientes.
Tras la reforma que tuvo lugar en el año 2015, se añadió, al artículo 298, una nueva pena por el delito en cuestión, como es la de uno a tres años de prisión, en relación a las personas que ayuden a personas, con conocimiento de la comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico por parte de las mismas, a aprovecharse de los efectos del mismo o recibe, adquiera u oculte tales efectos cuando se trate de bienes de valor artístico, histórico, cultural o científico; cuando se trate de cosas de primera necesidad; cuando los hechos revistan de especial gravedad, atendiendo al valor de los efectos receptados o a los perjuicios que previsiblemente hubiera causado su sustracción.
¿QUÉ MODALIDADES DE DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES EXISTEN?
Las modalidades de comisión se suelen agrupar de la siguiente manera:
1. Adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes sabiendo que tienen su origen en un delito grave.
2. Realizar cualquier otro acto para ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes.
3. Realizar cualquier otro acto para ayudar a la persona que ha participado en la infracción para eludir sus consecuencias legales.
4. Ocultación o encubrimiento de la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derechos sobre los bienes o su propiedad, a sabiendas de que proceden de un delito grave.
¿CUÁLES SON LAS MODALIDADES AGRAVADAS EN EL DELITO BLANQUEO DE CAPITALES?
Tras haber establecido cuáles son las modalidades típicas de comisión del delito de blanqueo de capitales, existen modalidades agravadas; es decir, conductas que son también delito de blanqueo pero que debido a circunstancias concretas se consideran más graves que la modalidad básica, y por ello su pena es mayor.
A modo de ejemplo, pueden ser consideradas como modalidades agravadas las conductas siguientes:
- Cuando los bienes tienen su origen en algún delito relacionado con el tráfico de drogas
- Cuando los bienes tienen su origen en delitos sobre la ordenación del territorio y el urbanismo, o en ciertos delitos contra la Administración Pública.
- Si el culpable pertenece a una organización delictiva dedicada a estos fines, es decir, un grupo de personas que con continuidad y permanencia actúan para realizar actividades delictivas encaminadas a blanquear capitales.